Todas las claves de la sentencia del supremo sobre el IRPH

Ya se conoce la sentencia final dada por el Tribunal Supremo sobre las hipotecas relacionadas con el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, o IRPH. En ella, explica que su comercialización no se ha realizado de la manera correcta, aunque no la llega a calificar de abusiva. 

Para poder determinar esto, el Supremo se ha encontrado este pasado miércoles con cinco recursos admitidos a trámite. Estos le han servido para concluir que todas las hipotecas que se encuentran ligadas al IRPH y que se han llevado a análisis, disponen de una falta de transparencia, ya que no se ha informado a los usuarios de la manera correcta sobre su evolución.

HIPOTECAS A TIPO VARIABLE

Claves de la sentencia

A pesar de ello, no considera que la situación sea tan grave como para tacharlas de abusivas. Como ya hemos mencionado, esta sentencia se ha llevado a cabo gracias al minucioso análisis de 4 recursos de casación estrechamente relacionados con la cláusula de interés variable del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios. Todavía queda por resolverse el quinto y último recurso, que se muestra muy diferente a los demás porque en su caso, se trata de una vivienda oficial.

En muy pocos días se hará público el texto íntegro de la sentencia. Por el momento, podemos destacar la existencia de magistrados que no se encuentran conformes con la decisión mayoritaria. Y es que, quizás no haya sido la mejor de las sentencias, pero como bien dijo el Tribunal de Justicia Europeo durante el pasado mes de marzo, cada país debe hacerse cargo de sentenciar el mal uso sobre el IRPH, y calificarlo de abusivo si así fuera necesario.

De esta manera, el órgano judicial europeo pasó la responsabilidad a los jueces españoles de dictaminar en cada caso relacionado con este conocido índice, si se llevaron a cabo de manera completamente legal o hubo falta de transparencia y abusividad por parte de las compañías que lo ofrecían.

Además, el Tribunal de Justicia Europeo añadió que, si se llegase a calificar de abusivo el uso de este índice, el juez tiene pleno derecho para sustituirlo por cualquier otro índice legal que permita a los usuarios salvarse de las consecuencias negativas que supondría la anulación del contrato del préstamo.

Aún así, no son pocos los magistrados que opinan que la sentencia que dio el tribunal europeo fue poco esclarecedora respecto a determinados aspectos, con lo que muchas de las sentencias dadas después han resultado contradictorias. La solución sería que el órgano judicial volviera a pronunciarse sobre el tema, pero esta vez despejando todas las dudas que se han quedado en el aire. 

Qué es el IRPH

Se trata de un índice alternativo al euríbor, y que se utiliza como referencia del interés situado entre el 10% y el 13% sobre las hipotecas a tipo variable en nuestro país. Su origen se remonta a finales del siglo pasado, y su denominación en el BOE es: tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para la adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito de España.

 

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