Suelo Hipotecas

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El suelo de las hipotecas es una cláusula de interés mínimo que incluyen algunos bancos para protegerse ante una eventual caída de los tipos de interés por debajo de un punto de terminado. El objetivo de este suelo hipotecario es asegurar que el hipotecado paga un interés mínimo por su hipoteca independientemente de la evolución del índice de referencia (generalmente el Euribor).

Para el usuario, el suelo de las hipotecas tiene un efecto nocivo, ya que le impide beneficiarse completamente de las bajadas del Euribor. En un momento en el que el principal índice de referencia hipotecario se encuentra en torno al 1,3%, quienes tienen una cláusula de suelo en su hipoteca tendrán que pagar el porcentaje que figure como tipo de interés mínimo y que habitualmente rondan el 2.5%-3% en el mejor de los casos, no ese 1,3% más el diferencial que hubiesen acordado.

Al suelo de las hipotecas le acompaña siempre un techo que delimita los intereses máximos que puede alcanzar el préstamo. En teoría es una especie de quit pro cuo en el que el usuario se asegura un tipo de interés máximo a cambio de que el banco le imponga un mínimo. El problema es que este techo hipotecario es más difícil de alcanzar que el suelo (ronda el 12-15%, algo que no se ve desde hace más de una década), por lo que en principio el ganador en este intercambio es el banco.

Quienes se quejan de la inclusión de esta cláusula de suelo en su hipoteca e incluso cuestionan su legalidad, deben saber que es totalmente lícita desde un punto de vista legal. Del mismo modo, quienes argumentan que no se les comunicó su existencia, deben tener en cuenta que precisamente por eso el banco debe comunicar al usuario todas las condiciones del préstamo antes del día de la firma y que cualquier cláusula adicional que se incluya sin ser previamente comunicada podrá ser considerada abusiva según la Ley General de Defensa de los consumidores. Sin embargo, poco se puede hacer una vez firmada la hipoteca, ya que al realizarse ante notario se presupone que ambas partes conocen y entienden los términos del contrato (en teoría el notario se encarga de certificarlo).

Imagen- adobemac

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