¿Qué es un seguro de depósitos bancarios?

Vamos a definir qué es un seguro de depósitos bancario. Por supuesto hay diferentes organismos dentro de esto, ya que los hay estatales y supraestatales, ya que hay bancos domiciliados en la Unión Europea que nos dan estos seguros también (al mismo tiempo que fondos de rescate y financiación). Vamos a profundizar más en el tema. 

 

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Qué es el seguro de depósitos y qué protección ofrece

Un seguro de depósitos es un fondo constituido por el Estado que recibe aportaciones periódicas de las entidades financieras de un país, con el objeto de asegurar hasta una cierta cantidad el dinero que los ahorradores tienen depositado en los bancos. Por ejemplo, si un banco quiebra y no dispone de recursos suficientes para reintegrar los depósitos, el seguro de depósitos es el encargado de compensar a los ahorradores.

La mayoría de los países occidentales posee un seguro de depósitos. La experiencia de la Gran Depresión, en la cual muchos ciudadanos perdieron completamente sus ahorros debido a la quiebra de las entidades de crédito, provocó la reacción de los Gobiernos y se procedió a la creación de sistemas de cobertura de las cartillas de ahorro.

En el caso de España, el llamado Fondo de Garantía de Depósitos data del año 1977 cuando fueron constituidos tres Fondos distintos: uno para la Banca privada, otro para las Cajas de Ahorros y el último para las Cooperativas de Crédito (Cajas Rurales). Con ello, todos los ahorradores tienen asegurados sus cuentas corrientes hasta un límite de 100.000€.

Con el Real Decreto-Ley 16/2011, de 14 de octubre, el Gobierno español integró los tres Fondos en uno único. Las aportaciones son del 3 por 1000 de los depósitos que cada entidad de crédito tiene y se hace con carácter anual. El Fondo de Garantía de Depósitos está gobernado por una Comisión Gestora de doce miembros y presidida por el Subgobernador del Banco de España.

El seguro de depósitos de la Unión Monetaria

Dadas las “bondades” de los seguros de depósitos, las autoridades europeas quieren crear un Fondo de Garantía de Depósitos a nivel europeo. Este proyecto queda perfectamente descrito en un documento escrito por Fernando Fernández, profesor del Instituto de Empresa y publicado por la Fundación FAES.

La arquitectura regulatoria

Por tanto, la interpretación que se da del Fondo de Garantía de Depósitos es de elemento vertebrador de la Unión Monetaria y un baluarte de seguridad ante una situación de pánico generalizado en un contexto de libertad de movimiento de capitales. Sin embargo, nadie repara en que el seguro de depósitos por sí solo no sirve para nada.

El problema es la arquitectura regulatoria y la creación de una falsa seguridad en el depositante. En casi todas las ocasiones en que el seguro de depósitos se ha tenido que poner en marcha, antes de ello siempre ha habido algún “corralito”. Recuerden sin ir más lejos la fuga de depósitos que tuvo lugar tras la intervención el día de los Santos Inocentes de 1993 del Banco Español de Crédito y la posterior inmovilización de las cuentas corrientes, las cuales no se pudieron recuperar en su totalidad hasta unos años después.

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